Los detalles sobre restricción de circulación de buses y taxis en centro de Barranquilla

La Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla informó que, atendiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y las medidas decretadas por el Gobierno Nacional, se expidió el Decreto 0413 del 6 abril de 2020.

La entidad precisó que esta medida se tomó para evitar aglomeraciones y mitigar y prevenir la propagación del COVID-19.

De manera concreta la Alcaldía de Barranquilla a través de la señala entidad dispuso la restricción de la circulación en algunas vías de El Centro, El Boliche y Barranquillita para vehículos particulares, de transporte público individual (tipo taxi) y transporte público terrestre por carretera (intermunicipal).

Por ello a partir del hoy 13 de abril, los puntos de ascenso y descenso de pasajeros de buses intermunicipales, son los siguientes:

1. PUERTO COLOMBIA CARRERA 46 

Recorrido:

Carrera 46 -Calle 91 – Carrera 49C – Calle 87 – Carrera 51B – Calle 75 – Carrera 54 – Estadio de Beisbol Édgar Rentería – Carrera 54 – Carrera 53 – Calle 100 – Carrera 46 – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:

Estadio de Beisbol Édgar Rentería.

2. PUERTO COLOMBIA CARRERA 51B:

Recorrido:

Carrera 51B – Calle 75 – Carrera 54 – Estadio de Beisbol Édgar Rentería – Carrera 54 – Carrera 53 – Calle 100 – Carrera 51B – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:

Estadio de Beisbol Édgar Rentería.

3. AVENIDA CORDIALIDAD:

Recorrido:

Avenida Cordialidad (Calle 42) – Avenida Cordialidad (Carrera 26 A) – Avenida Cordialidad (Calle 39) – Avenida Cordialidad (Carrera 30) – Avenida Cordialidad (Calle 38) – Carrera 32 – Calle 37 – Carrera 30 – Avenida Cordialidad (Calle 30) – Avenida Cordialidad – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:

Parque Almendra.

4. CALLE 30:

Recorrido:

Calle 30 – Carrera 33 – Calle 34 – Carrera 32- Calle 30 – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros: 

Carrera 33 entre Calle 34 y 33.

5. JUAN DE ACOSTA, TUBARÁ, PIOJÓ Y CARRERA 38:

Recorrido:

Carrera 38 – Calle 47 – Carrera 35 – Calle 50 – Carrera 38 – salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros:

Cementerio Universal.

6. CALLE 17 (PALERMO):

Recorrido:

Calle 17 – Carrera 30 – retorno en Calle 14 – Carrera 30– Calle 17 – Salida de la Ciudad.

Descenso y ascenso de pasajeros: 

Carrera 30 entre Calle 17 y Calle 14.

La nueva medida fue socializada con las empresas de transporte público terrestre por carretera (Intermunicipal) y la ciudadanía en general.

Tener en cuenta que las medidas adoptadas se mantendrán vigentes hasta que el Gobierno Nacional, a través de acto administrativo, decrete la terminación de la emergencia sanitaria en el país.   

SANCIÓN:

El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14: Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($ 438.900).  Además, el vehículo será inmovilizado.

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