Los detalles sobre restricción de circulación de buses y taxis en centro de Barranquilla
La Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla informó que, atendiendo las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y las medidas decretadas por el Gobierno Nacional, se expidió el Decreto 0413 del 6 abril de 2020.
La entidad precisó que esta medida se tomó para evitar aglomeraciones y mitigar y prevenir la propagación del COVID-19.
De manera concreta la Alcaldía de Barranquilla a través de la señala entidad dispuso la restricción de la circulación en algunas vías de El Centro, El Boliche y Barranquillita para vehículos particulares, de transporte público individual (tipo taxi) y transporte público terrestre por carretera (intermunicipal).
Por ello a partir del hoy 13 de abril, los puntos de ascenso y descenso de pasajeros de buses intermunicipales, son los siguientes:
1. PUERTO COLOMBIA CARRERA 46
Recorrido:
Carrera 46 -Calle 91 – Carrera 49C – Calle 87 – Carrera 51B – Calle 75 – Carrera 54 – Estadio de Beisbol Édgar Rentería – Carrera 54 – Carrera 53 – Calle 100 – Carrera 46 – salida de la Ciudad.
Descenso y ascenso de pasajeros:
Estadio de Beisbol Édgar Rentería.
2. PUERTO COLOMBIA CARRERA 51B:
Recorrido:
Carrera 51B – Calle 75 – Carrera 54 – Estadio de Beisbol Édgar Rentería – Carrera 54 – Carrera 53 – Calle 100 – Carrera 51B – salida de la Ciudad.
Descenso y ascenso de pasajeros:
Estadio de Beisbol Édgar Rentería.
3. AVENIDA CORDIALIDAD:
Recorrido:
Avenida Cordialidad (Calle 42) – Avenida Cordialidad (Carrera 26 A) – Avenida Cordialidad (Calle 39) – Avenida Cordialidad (Carrera 30) – Avenida Cordialidad (Calle 38) – Carrera 32 – Calle 37 – Carrera 30 – Avenida Cordialidad (Calle 30) – Avenida Cordialidad – salida de la Ciudad.
Descenso y ascenso de pasajeros:
Parque Almendra.
4. CALLE 30:
Recorrido:
Calle 30 – Carrera 33 – Calle 34 – Carrera 32- Calle 30 – salida de la Ciudad.
Descenso y ascenso de pasajeros:
Carrera 33 entre Calle 34 y 33.
5. JUAN DE ACOSTA, TUBARÁ, PIOJÓ Y CARRERA 38:
Recorrido:
Carrera 38 – Calle 47 – Carrera 35 – Calle 50 – Carrera 38 – salida de la Ciudad.
Descenso y ascenso de pasajeros:
Cementerio Universal.
6. CALLE 17 (PALERMO):
Recorrido:
Calle 17 – Carrera 30 – retorno en Calle 14 – Carrera 30– Calle 17 – Salida de la Ciudad.
Descenso y ascenso de pasajeros:
Carrera 30 entre Calle 17 y Calle 14.
La nueva medida fue socializada con las empresas de transporte público terrestre por carretera (Intermunicipal) y la ciudadanía en general.
Tener en cuenta que las medidas adoptadas se mantendrán vigentes hasta que el Gobierno Nacional, a través de acto administrativo, decrete la terminación de la emergencia sanitaria en el país.
SANCIÓN:
El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14: Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a 15 salarios mínimos legales diarios vigentes ($ 438.900). Además, el vehículo será inmovilizado.